No soy un profesional de los impuestos, pero aquí hay un par de pensamientos —
¿Su LLC es presumiblemente una LLC de un solo miembro? Es una entidad no considerada en lo que concierne al IRS, por lo que usted sería gravado como un propietario único, a menos que su LLC haya elegido ser tratada como una s-corp para propósitos de impuestos federales. Sin esa elección, si usted factura a su cliente utilizando su LLC o su propio nombre (como un contratista independiente), todavía tendría que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia en la totalidad de los ingresos. Sin embargo, si eliges el tratamiento de s-corp, entonces tu corporación tendría que pagarte un salario razonable y estaría pagando la parte del empleador de los impuestos sobre la nómina de ese salario (por lo que el total combinado sería equivalente al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia que de otro modo pagarías), pero puede que no tengas que tomar todos los ingresos como salario sujeto a los impuestos sobre la nómina, sino que podrías tomar los beneficios de la corporación como un «sorteo» (dividendo), que sólo estaría sujeto al impuesto sobre la renta, pero no al impuesto sobre la nómina/autoempleo, por lo que potencialmente reduciría la carga fiscal total. La advertencia es que el salario tiene que ser «razonable».
Otra consideración sería los impuestos por desempleo. Si usted elige la ruta s-corp, usted tendría que registrarse como un empleador con su departamento de trabajo del estado, y van a querer recoger las contribuciones del seguro de desempleo. Como nuevo empleador sin un registro establecido con el estado, empezarás con una tasa de impuestos alta hasta que hayas establecido un «registro de experiencia» con el estado y hayas acumulado suficiente reserva (esto podría llevar varios años). (al menos así es como funciona en mi estado.)
Otra consideración es el seguro de compensación de los trabajadores. Como contratista independiente, tendrías que demostrar a tu empleador que ya tienes una cobertura en vigor, o rellenar el papeleo apropiado para renunciar a la cobertura (tendrías que investigar el procedimiento en tu estado; puede que tengas que hacer este papeleo cada año, lo que después de un tiempo hace sospechar si realmente eres un contratista independiente o en cambio deberías ser clasificado como empleado). Si eres una corporación, tu cliente no tiene que preocuparse por esto, sólo tu corporación estaría sujeta a tener que contratar un seguro de accidentes de trabajo para ti. Al menos en mi estado, los propietarios de una empresa pueden obtener una exención permanente de la cobertura. Por supuesto, si usted se lesiona en el trabajo, podría haber la posibilidad de que su propio seguro de salud no cubra sus costos, por lo que esto es algo que usted necesita para investigar cuidadosamente.
Los estados están prestando mucha atención a la clasificación errónea de los trabajadores (contratistas independientes frente a los empleados) a causa de estas cuestiones (UIC y compensación de los trabajadores). Su cliente prefiere que usted sea una corporación para evitar estos problemas, ya que la carga recae en su corporación (y no en ellos) para garantizar el cumplimiento. Hay una tercera alternativa que no parece haber sido discutida, que sería que su cliente lo contratara como un empleado W-2 …. ¿Cuánto menos remuneración aceptaría para que ellos lleven todas estas cargas en lugar de usted?
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