Si usted es una persona nacida en el extranjero que ha estado viviendo en los EE.UU. sin estatus legal durante mucho tiempo, y ha sido puesto en proceso de remoción (deportación), puede ser elegible para lo que se llama «Cancelación de Remoción No-LPR» y una tarjeta verde. Las condiciones para esta forma de alivio de la deportación son las siguientes:
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Ha estado viviendo («presente físicamente de forma continua») en los EE.UU. durante al menos diez años.
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Ser expulsado («deportado») de los EE.UU. causaría «dificultades excepcionales y extremadamente inusuales» a su(s) pariente(s) calificado(s), que es (o son) ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales (LPR). Puede demostrar que tiene «buen carácter moral»
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No ha sido condenado por ciertos delitos ni ha violado ciertas leyes.
Sin embargo, incluso si cumple con todos los requisitos básicos, el juez de inmigración sigue teniendo discreción para decidir si aprueba o no una solicitud de cancelación. Por lo tanto, es importante dejar claro al juez de inmigración que usted es honesto, sincero y que realmente merece que se le permita permanecer en los Estados Unidos y recibir una tarjeta verde.
Una gran parte del proceso para convencer al juez es proporcionar la mayor cantidad de pruebas posibles para demostrar que usted cumple con los requisitos básicos y también «merece» los beneficios de la cancelación. Pero si hay algo en tu caso que crees que te hace inelegible o que puede hacer que el juez decida no ejercer su libertad a tu favor, definitivamente debes acudir a un abogado. (Es una buena idea ver a un abogado en cualquier caso, para que le ayude a preparar una solicitud completa y un conjunto de documentos de apoyo.)
En todo el país, los jueces de inmigración sólo pueden aprobar 4.000 solicitudes de cancelación al año de personas que no son LPR (personas sin tarjetas verdes). El límite se suele alcanzar muy rápidamente. Esto significa que incluso si usted tiene una solicitud de cancelación aprobable, el juez de inmigración no podrá aprobar su solicitud a menos que un «número» (en esencia, una tarjeta verde) esté disponible.
Cumplir con el requisito de diez años de residencia en los Estados Unidos
Para calificar para la cancelación de no-LPR, usted debe ser capaz de demostrar que ha estado presente físicamente de forma continua durante los diez años inmediatamente anteriores a la fecha en que usted solicita la cancelación. (Hay una excepción si usted ha completado dos años de servicio activo en las fuerzas armadas de los Estados Unidos, en cuyo caso esos dos años por sí solos son suficientes para cumplir con los requisitos de tiempo para la cancelación de no-LPR.)
La fecha de su llegada inicia el «reloj» de diez años. El reloj se detiene cuando usted recibe un Aviso de Comparecencia en la corte de inmigración, comete ciertos tipos de delitos, o tiene una sola ausencia de los Estados Unidos de más de 90 días o múltiples ausencias que suman más de 180 días. También hay otras formas de detener el reloj, como salir de EE.UU. bajo una «orden de salida voluntaria»
El testimonio y las declaraciones escritas de usted y de otras personas que le conocen pueden ser suficientes para demostrar diez años de residencia. Sin embargo, si tiene pruebas documentales de su residencia en Estados Unidos, como recibos de alquiler, extractos de tarjetas de crédito, talones de pago, etc., debe proporcionarlas al tribunal.
Cumplir con el requisito de «pariente calificado»
Para calificar para la cancelación bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (I.N.A.) § 240A(b)(1)(D), el inmigrante indocumentado debe tener un pariente que sea su «cónyuge, padre o hijo» y que «sea ciudadano de los EE.UU. o un extranjero admitido legalmente para la residencia permanente».
Si se basa en un hijo, debe considerar la definición de «hijo» de la ley de inmigración, que se encuentra en la sección 101(b) del I.N.A.. Dice que un niño debe ser soltero y menor de 21 años de edad, lo que los tribunales han interpretado que se aplica en el momento en que el juez decide sobre su caso. (Véase, por ejemplo, el caso del Noveno Circuito de Méndez-García contra Lynch, 20/10/2016.)
Desgraciadamente, eso significa que tendrá que pasar por los procedimientos del tribunal de inmigración antes de que el niño cumpla 21 años. Esto puede ser problemático: los tribunales de inmigración están bastante atascados, y puede tomar más de una fecha de audiencia para llegar al final de su testimonio y el contrainterrogatorio del abogado del gobierno, después de lo cual tendrá que esperar que el juez emita una decisión en la corte o poco después.
Cumplir con el requisito de «Dificultad excepcional y extremadamente inusual»
Toda remoción (deportación) causa dificultad. Sin embargo, para calificar para la cancelación de la no-LPR, la dificultad para el familiar debe ser «excepcional y extremadamente inusual.» La distinción entre «dificultad» y «excepcional y extremadamente inusual» es crítica.
Para ser aprobado para la cancelación de la no-LPR, no es suficiente demostrar que un ciudadano estadounidense o un familiar LPR sufriría financiera, emocional y físicamente. Por el contrario, el solicitante debe demostrar que el familiar calificado sufriría en un grado que va más allá del tipo de sufrimiento que normalmente se esperaría cuando un familiar cercano es deportado.
Por ejemplo, la evidencia de la enfermedad grave de un hijo menor y la falta de atención médica disponible en el país de origen del inmigrante indocumentado podría ser suficiente. También podría ser suficiente la evidencia de un largo historial de vida en los Estados Unidos, hijos que no hablan el idioma del país al que sería expulsado, y ninguna estructura de apoyo en la que confiar en su país de origen.
Cumplir con el requisito de «buen carácter moral»
Un juez de inmigración denegará una solicitud de cancelación de la no-LPR si el solicitante no tiene «buen carácter moral». El juez decidirá que el solicitante no tiene buen carácter moral si la ley dice específicamente que el solicitante no puede tener buen carácter moral (porque, por ejemplo, es un «borracho habitual») o si el juez decide que hay otros «factores discrecionales» que indican que el solicitante no es una «buena persona»
Hay muchas razones en la ley para que un juez encuentre que un solicitante de cancelación de no-LPR no tiene buen carácter moral. Así que, si cree que hay algún hecho negativo en su caso, como condenas penales, que podrían hacer que no sea elegible para la cancelación de la no-LPR, hable con un abogado.
Diferencia entre la cancelación de la LPR y la cancelación de la no-LPR
No hay que confundir otro remedio, la cancelación de la LPR, con este. No hay que demostrar ninguna dificultad y sólo hay tres requisitos básicos: cinco años como LPR; siete años de residencia continua en los Estados Unidos; y no tener condenas por delitos graves. Tampoco hay un límite anual en el número de LPRs que pueden recibir la cancelación de LPR. Ver Cómo solicitar la cancelación de expulsión (LPR).
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