Los derechos de propiedad intelectual dan a los músicos y artistas el control sobre sus obras artísticas (música, esculturas, fotografías, etc…), así como su nombre y marca.

  • ¿Cuál es la diferencia entre los derechos de autor y las marcas comerciales?

Las leyes de derechos de autor protegen las obras creativas, mientras que las leyes de marcas comerciales rigen los derechos de denominación y el fondo de comercio de la marca. Comprender las diferencias entre los derechos de autor y las marcas comerciales ayuda a garantizar que las obras creativas y las marcas estén debidamente protegidas.

La USPTO es responsable de la emisión de registros de marcas federales, y proporciona un foro para impugnar las solicitudes y registros de marcas. También proporciona orientación política a la Administración sobre todas las formas de propiedad intelectual, incluidas las marcas y los derechos de autor.

La Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos, que forma parte de la Biblioteca del Congreso, es responsable de registrar los derechos de autor y de proporcionar orientación política (por ejemplo, publicando un estudio sobre los derechos de autor y el mercado de la música). Varias circulares proporcionan información sobre los fundamentos de los derechos de autor (Circular 1), el registro de obras de artes visuales (Circular 40) y las composiciones musicales y grabaciones de sonido (Circular 56a). Además, el Compendio de la Oficina de Derechos de Autor ofrece orientación sobre el registro de obras musicales y de artes visuales. Para obtener información sobre el registro de derechos de autor en la Oficina de Derechos de Autor, visite el sitio web de la Oficina de Derechos de Autor en www.copyright.gov.

  • Registro de su marca en la USPTO

Aunque el registro federal de una marca no es obligatorio, tiene varias ventajas, entre ellas la notificación al público de la reclamación de propiedad del registrante sobre la marca, la presunción legal de propiedad en todo el país y el derecho exclusivo a utilizar la marca en o en relación con los productos/servicios enumerados en el registro. En nuestra página de Fundamentos de las marcas se explican otras ventajas y una visión general del proceso de solicitud. A continuación se exponen algunas cuestiones que suelen surgir al registrar marcas para músicos y artistas.

Propiedad. Antes de registrar una marca, es importante decidir a quién pertenece la marca. Puede tratarse de una persona física, una entidad jurídica como una empresa individual, una sociedad o una asociación. Véase TMEP 803.03. Aunque es menos habitual, varias personas pueden ser titulares conjuntas de los derechos (véase «solicitantes conjuntos» TMEP 803.03(d)). En el caso de un grupo musical, los miembros podrían considerar quién debería ser el propietario de los derechos de la marca en caso de que le ocurra algo al grupo. Puede ser útil consultar a un abogado sobre estas cuestiones.

Identificación de productos y servicios. La solicitud debe enumerar los productos y/o servicios en los que se usa o se pretende usar la marca en el comercio, o en relación con ellos. La tasa de presentación de la solicitud está relacionada con los productos y/o servicios enumerados en la solicitud. Los productos son productos, como los CD, las camisetas o los cuadros. Los servicios son actividades realizadas en beneficio de otros, como las actuaciones vocales en directo de un grupo musical. Las identificaciones que suelen ser relevantes para los músicos se encuentran en las clases 9 (por ejemplo, CDs y archivos de audio descargables con música) y en la clase 41 (por ejemplo, servicios de entretenimiento en forma de actuaciones vocales en directo de bandas musicales). Los artistas pueden registrarse en varias clases en función de la naturaleza de sus obras (por ejemplo, esculturas de mármol en la clase 19 o esculturas de madera en la clase 020 o pinturas personalizadas en la clase 016) o servicios (por ejemplo, dibujo artístico personalizado para otros en la clase 041). El Manual de Identificación Aceptable de Productos y Servicios enumera las identificaciones de productos y servicios y sus respectivas clasificaciones que los abogados examinadores de la USPTO aceptarán sin más averiguaciones si las muestras del registro apoyan la identificación y la clasificación. En el Folleto de Datos Básicos sobre Marcas se ofrece orientación adicional.

Registro de un nombre. A veces los músicos y artistas quieren registrar su nombre como marca, incluyendo un nombre artístico o un seudónimo. Si la marca parece ser el nombre de una persona, existen requisitos adicionales para la solicitud. Si el nombre es un nombre real (incluyendo un apodo o nombre artístico) de cualquier individuo vivo, entonces el consentimiento de la persona para el uso y registro del nombre debe incluirse en el expediente de solicitud. Véase TMEP 813 & 1206.03. Si la marca no se refiere a una persona viva, pero podría interpretarse como un nombre (por ejemplo, el nombre de un grupo musical que se parece al nombre de una persona), deberá incluirse en el expediente de solicitud una declaración de que la marca no se refiere a una persona viva. Véase TMEP 813.01(b).

Además del requisito de consentimiento, las solicitudes que pretendan registrar el nombre de un intérprete como marca deben incluir pruebas de que la marca aparece en al menos dos obras diferentes (por ejemplo, varias portadas de CD). Véase TMEP 1202.09(a). Las solicitudes de registro de un nombre como marca de servicio deben demostrar un uso en relación con el servicio, y no simplemente el nombre del artista o del grupo. Véase TMEP 1301.02(b). Sin embargo, el nombre o seudónimo de un artista colocado en una obra de arte original (esculturas, pinturas, joyas), no necesita demostrar el uso en relación con una serie. Véase TMEP 1202.09(b).

  • Otras consideraciones para músicos y artistas

Protección internacional

Un registro de marca federal es válido en todo Estados Unidos. Los derechos de marca fuera de los Estados Unidos están protegidos según las leyes del país respectivo. En algunos casos, se requiere un registro para la protección de la marca. Los registros de marcas pueden presentarse directamente en el país respectivo o, en su caso, a través de la USPTO utilizando el Protocolo de Madrid. Un abogado puede proporcionar orientación adicional sobre la protección internacional.

Aunque la protección de los derechos de autor es de naturaleza «territorial», lo que significa que la protección de los derechos de autor depende de las leyes nacionales en las que se busca la protección, la mayoría de los países son miembros del Convenio de Berna sobre la Protección de las Obras Literarias y Artísticas y/o de la Organización Mundial del Comercio, que proporcionan importantes protecciones para los autores extranjeros. En virtud de estos acuerdos, una obra extranjera que reúna los requisitos necesarios debe recibir, por lo general, la misma protección que una obra local. Este principio fundamental de la legislación internacional sobre derechos de autor se denomina «trato nacional». Los acuerdos internacionales sobre derechos de autor también establecen ciertas «normas mínimas» de protección de los derechos de autor. Por ejemplo, los titulares de derechos de autor tienen derecho a ser protegidos sin formalidades como el registro.

Para obtener información adicional sobre la protección internacional de los derechos de autor, consulte la Circular 38a, Relaciones internacionales de derechos de autor de Estados Unidos de la Oficina de Derechos de Autor aquí.

Música: Regalías

Además de registrar las marcas y los derechos de autor en las oficinas gubernamentales, registrarse en las organizaciones privadas (no gubernamentales) de derechos de ejecución (PRO) y otras organizaciones de gestión colectiva puede ayudar a garantizar que los músicos y compositores reciban el pago. Las distintas PRO gestionan diferentes derechos para distintos tipos de artistas. Por ejemplo, los derechos de ejecución de las obras musicales son licenciados por las PROs ASCAP, BMI, SESAC y GMR. Los derechos de licencia legales para la interpretación digital no interactiva de grabaciones sonoras en Estados Unidos son distribuidos por la PRO SoundExchange para los artistas destacados y los propietarios de los derechos de autor. La AARC distribuye los derechos de la Ley de Grabación de Audio en Casa para los artistas destacados y los propietarios de los derechos de autor. El AFM & SAG-AFTRA Intellectual Property Rights Distribution Fund recauda los derechos de licencia de ejecución digital no interactiva, así como los derechos de la Audio Home Recording Act, para los artistas no destacados. Todas las organizaciones mencionadas en este párrafo tienen acuerdos recíprocos con organizaciones similares en territorios extranjeros y recaudarán y distribuirán los derechos de autor de los interesados estadounidenses de esos países.

Esto se proporciona sólo con fines informativos, y la referencia a cualquier organización, corporación o sitio web específico no constituye el respaldo o la recomendación de la USPTO.

Registro de nombres de dominio

La USPTO no registra nombres de dominio, aunque acepta solicitudes de marcas que incluyen dominios de nivel superior (por ejemplo, «tmarkey.com»). Para obtener información sobre este tipo de marcas, consulte el TMEP 1209.03(m).

ICANN, la organización responsable de administrar el sistema de nombres de dominio, publica una guía para principiantes sobre los nombres de dominio.

¿Puede recomendarme un abogado que me ayude?

Los músicos y artistas pueden considerar la posibilidad de utilizar servicios legales privados. Además de la información general sobre la contratación de un abogado proporcionada en nuestro sitio web, Volunteer Lawyers for the Arts (Directorio Nacional) proporciona una lista de programas de abogados voluntarios en todo el país. Esto se proporciona sólo con fines informativos, y la referencia a cualquier organización, abogado, bufete de abogados, corporaciones o sitios web específicos no constituye la aprobación o recomendación de la USPTO.

Guías para empresas

  • Folleto de datos básicos sobre marcas
  • Preguntas frecuentes sobre marcas
  • Circulares sobre derechos de autor (sitio web de la Biblioteca del Congreso)
  • Recursos adicionales

    • Abogados voluntarios para las artes (Directorio nacional) (Sitio web externo)
    • Manual de identificación aceptable de bienes y servicios (Manual de identificación)
    • Servicios

      • Búsqueda de marcas registradas pendientes &
      • PTRC – centros de recursos cerca de ti
        • Ver también:

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