La legislación federal y las orientaciones sobre esta materia deben revisarse junto con esta sección.
Autor: XpertHR Equipo Editorial
Resumen
- La ley de Nueva York prohíbe a un empleador discriminar y tomar represalias contra los empleados en una variedad de clases protegidas. Los empleadores también deben proporcionar adaptaciones para el embarazo, permitir discusiones salariales y proteger a los denunciantes. Véase EEO, Diversidad y Relaciones con los Empleados.
- Nueva York permite la comprobación de antecedentes antes de la contratación. Véase Reclutamiento y contratación.
- En Nueva York, existen requisitos relacionados con el salario mínimo, las horas extras, las pausas para comer, las pausas para amamantar y el trabajo infantil. Consulte Salario y horario.
- En Nueva York existen leyes relacionadas con la remuneración y las prestaciones de los empleados, incluido el pago de salarios, las deducciones salariales, las declaraciones de pago, los avisos de salario y la cobertura de continuación de la atención médica. Ver Pago y beneficios.
- De acuerdo con la ley de Nueva York, los empleados tienen derecho a ciertos permisos o licencias, incluyendo la licencia por enfermedad pagada, la licencia familiar pagada, la licencia de cónyuge militar, la licencia por donación de médula ósea y sangre y la licencia de respuesta de emergencia. Consulte Tiempo libre y permisos de ausencia.
- Nueva York prohíbe fumar en el lugar de trabajo y utilizar el teléfono móvil mientras se conduce. Ver Salud y Seguridad.
- Cuando el empleo termina, los empleadores de Nueva York deben cumplir con los requisitos aplicables de pago final y notificación de despido masivo. Ver Salida de la organización.
Introducción a la ley de empleo en Nueva York
Nueva York tiene muchas leyes que proporcionan una mayor protección a los empleados que la ley federal, incluyendo protecciones más amplias contra la discriminación, derechos de acomodación del embarazo, un salario mínimo más alto y obligaciones de cobertura de atención médica continua para los empleadores más pequeños, pero generalmente sigue la ley federal con respecto a temas como la seguridad y la salud ocupacional.
A continuación se resumen algunos de los requisitos laborales de Nueva York para ayudar al empresario a comprender la gama de leyes laborales que afectan a la relación entre el empresario y el empleado en el estado. Un empleador debe cumplir con la ley federal y estatal.
Un empleador también debe cumplir con las obligaciones de la ley municipal aplicable que afectan a la relación laboral, además de cumplir con los requisitos estatales y federales.
EEO, diversidad y relaciones con los empleados
Los principales requisitos de Nueva York que afectan a la EEO, la diversidad y las relaciones con los empleados son:
Prácticas de empleo justas
La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York (NYSHRL), que se aplica a todos los empleadores, prohíbe que un empleador discrimine a los empleados, los solicitantes y los becarios no remunerados. Las características protegidas incluyen:
- Edad (18 años o más);
- Raza;
- Crema;
- Color;
- Origen nacional;
- Sexo;
- Orientación sexual;
- Identidad y expresión de género;
- Discapacidad;
- Estado militar;
- Características genéticas predisponentes;
- Estado familiar;
- Estado civil; y
- Estado de víctima de violencia doméstica.
- Trabajo igual en un trabajo cuyo desempeño requiere igual habilidad, esfuerzo y responsabilidad, y que se realiza en condiciones de trabajo similares; o
- Trabajo sustancialmente similar, cuando se ve como un compuesto de habilidad, esfuerzo y responsabilidad, y se realiza en condiciones de trabajo similares.
- Basarse en el historial salarial de un solicitante para determinar si se hace una oferta o se determina el salario o el sueldo;
- Buscar, solicitar o requerir el historial salarial de un solicitante o empleado actual como condición para ser entrevistado o considerado para una oferta de empleo, o promoción;
- Buscar, solicitar o requerir el historial salarial de un solicitante o empleado actual de un empleador, empleado o agente actual o anterior; o
- Negarse a entrevistar, contratar, ascender o emplear de otro modo o tomar represalias contra un solicitante o empleado actual basándose en el historial de salarios o sueldos anteriores, porque el empleado no proporcionó el historial de salarios o sueldos, porque el empleado presentó una queja ante el Departamento de Trabajo alegando una violación legal.
- Los trabajadores de la fábrica tienen derecho a una pausa de 60 minutos para comer entre las 11:00 a.m. y las 2:00 p.m. y a una pausa de 60 minutos para comer en el momento intermedio entre el comienzo y el final del turno para todos los turnos de más de seis horas que comiencen entre la 1:00 p.
- Los trabajadores no industriales tienen derecho a una pausa de 30 minutos para comer entre las 11:00 y las 14:00 horas para los turnos de seis horas o más que se extiendan durante ese período y a una pausa de 45 minutos para comer a mitad de camino entre el comienzo y el final del turno para todos los turnos de más de seis horas que comiencen entre las 13:00 y las 6:00 horas.
- Todos los trabajadores tienen derecho a una pausa adicional de 20 minutos para comer entre las 17:00 y las 19:00 horas para las jornadas que se extienden desde antes de las 11:00 hasta después de las 19:00 horas.
- Hasta cuatro horas en un día anterior a un día escolar (ocho horas en un fin de semana o día festivo o cuando la escuela no está en sesión);
- Hasta 28 horas por semana (48 horas cuando la escuela no está en sesión);
- Hasta seis días por semana;
- De 6 a.m. a 10 p.m. (hasta las 12 de la mañana con permiso de los padres o cuando no hay colegio).
- Hasta tres horas en cualquier día de escuela (ocho horas cuando la escuela no está en sesión);
- Hasta 18 horas por semana (23 horas si en un programa de trabajo-estudio o 40 horas cuando la escuela no está en sesión);
- Hasta seis días por semana;
- De 7 a.m. a 7 p.m. (hasta las 9 p.m. desde el 21 de junio hasta el Día del Trabajo).
- Explícitamente requeridas por la ley, un tribunal o una agencia gubernamental; o
- En beneficio del empleado y autorizadas por éste por escrito (por ejemplo, pagos de primas de seguros, beneficios de pensiones o beneficios de salud y bienestar).
- Para cuidar a un familiar con un problema de salud grave;
- Para establecer un vínculo con un hijo recién nacido, un hijo recién adoptado o un hijo de acogida recién colocado; y
- Por una exigencia cualificada derivada de que el cónyuge, la pareja de hecho, el hijo o el padre del empleado estén en servicio activo en las fuerzas armadas.
- Una enfermedad mental o física, lesión o estado de salud del empleado o de un familiar cubierto;
- El diagnóstico, cuidado o tratamiento de una enfermedad mental o física, lesión o estado de salud del empleado o de un familiar; la necesidad de un diagnóstico médico; o la atención preventiva; o
- Un empleado o un familiar es víctima de violencia doméstica, un delito familiar, un delito sexual, acoso o tráfico de personas.
- Licencia para cónyuges militares (que cubre a los empleadores con 20 o más empleados en una ubicación);
- Licencia para votar;
- Licencia militar;
- Licencia para ser jurado;
- Licencia para víctimas/testigos de delitos;
- Licencia por violencia doméstica;
- Licencia por donación de médula ósea (cubriendo a empleadores con 20 o más empleados);
- Licencia por respuesta a emergencias; y
- Requisitos de días de descanso.
Los empleados también pueden presentar reclamaciones por acoso sexual independientemente del tamaño del empleador.
La NYSHRL también prohíbe a cualquier persona tomar represalias contra cualquier persona que se haya opuesto a cualquier práctica o acto prohibido por la ley.
La Ley de Cuidado Compasivo de Nueva York (CCA) considera automáticamente que un paciente certificado de marihuana medicinal tiene una discapacidad a efectos de la NYSHRL. En consecuencia, los pacientes certificados registrados están protegidos de las acciones adversas de empleo basadas en sus condiciones de salud y el uso de la marihuana resultante en virtud de las disposiciones antidiscriminatorias de la NYSHRL.
Acomodaciones por embarazo
En virtud de la NYSHRL, un empleador debe proporcionar ajustes razonables para las condiciones médicas relacionadas con el embarazo o el parto que inhiben el ejercicio de una función corporal normal o son demostrables por técnicas de diagnóstico clínico o de laboratorio médicamente aceptadas.
Igualdad salarial
Un empleador no pagará a un empleado con estatus dentro de una o más clases protegidas un salario a una tasa inferior a la que se paga a un empleado sin estatus dentro de la misma clase o clases protegidas en el mismo establecimiento:
Una diferencia salarial es permisible cuando el pago se hace de conformidad con un diferencial basado en un sistema de antigüedad, un sistema de mérito, un sistema que mide las ganancias por la cantidad o la calidad de la producción, o un factor de buena fe que no sea la condición dentro de una o más clases protegidas.
Discusión de salarios
Un empleador no puede prohibir a los empleados preguntar, discutir o revelar sus salarios o los salarios de otro empleado. Se aplican excepciones.
Un empleador está autorizado a crear una política escrita que establezca limitaciones razonables en el lugar de trabajo y la jornada laboral sobre el tiempo, el lugar y la forma de las consultas, discusiones o revelaciones.
Protecciones para los denunciantes
De forma similar a la ley federal, la Ley de Reclamaciones Falsas de Nueva York permite a los denunciantes presentar reclamaciones en nombre de los gobiernos estatales y locales.
Tenga en cuenta que, cuando exista un solapamiento entre las leyes federales, estatales y/o locales, generalmente se aplicará la ley que ofrezca mayores derechos o beneficios al empleado.
Puede encontrar información adicional sobre EEO, diversidad y prácticas de relaciones con los empleados en Nueva York en el Índice del Manual del Empleado de Nueva York, Discapacidades (ADA): Nueva York, Disciplina de los empleados: Nueva York, EEO – Discriminación: Nueva York, EEO – Acoso: Nueva York, EEO – Represalias: Nueva York, Carteles de la Ley de Trabajo y Empleo de Nueva York y ¿Se aplica esta ley a mi organización en Nueva York? Los requisitos federales se pueden encontrar en Discapacidades (ADA): Federal, Employee Discipline: Federal, EEO – Discriminación: Federal, EEO – Acoso: Federal y EEO – Represalias: Federal.
Reclutamiento y contratación
Los principales requisitos de Nueva York que afectan al reclutamiento y la contratación son:
Comprobaciones penales
Un empleador con 10 o más empleados no puede negarse a contratar a un solicitante basándose en una condena anterior, a menos que el delito penal esté directamente relacionado con el puesto en cuestión, o que la condena establezca que el solicitante supondría un «riesgo irrazonable» para otros empleados o para el público en general si es contratado. El empleador debe tener en cuenta ciertos factores a la hora de decidir si deniega el empleo basándose en una condena anterior.
Comprobaciones de crédito
La Ley de Información Crediticia Justa (FCRA) de Nueva York refleja en gran medida la ley federal. Un empleador puede obtener un informe del consumidor sobre un posible empleado sólo si el solicitante es informado de antemano por escrito de que el empleador puede obtener el informe. Del mismo modo, un empleador puede obtener un informe de consumo de investigación si el solicitante es informado de antemano que el informe puede ser obtenido y si el solicitante autoriza al empleador a obtener el informe.
Restricciones a la consulta del historial salarial
Nueva York restringe las consultas del historial salarial y prohíbe a un empleador:
Los solicitantes o empleados actuales pueden revelar o verificar voluntariamente, y sin que se les solicite, el historial de sueldos o salarios.
Un empleador puede confirmar el historial de sueldos o salarios en determinadas circunstancias.
Tenga en cuenta que, cuando exista un solapamiento entre las leyes federales, estatales y/o locales, generalmente se aplicará la ley que ofrezca mayores derechos o beneficios al empleado.
Puede encontrar información adicional sobre las prácticas de reclutamiento y contratación en Nueva York en Preemployment Screening and Testing: Nueva York, Entrevista y selección de candidatos a un puesto de trabajo: Nueva York, Oferta de empleo: Nueva York, Carteles de la Ley de Trabajo y Empleo de Nueva York y ¿Se aplica esta ley a mi organización en Nueva York? Los requisitos federales se pueden encontrar en Preemployment Screening and Testing: Federal, Interviewing and Selecting Job Candidates: Federal y Oferta de empleo: Federal.
Salario y hora
Los principales requisitos de Nueva York que afectan a los salarios y las horas son:
Salario mínimo
El salario mínimo para los empleados en Nueva York varía dependiendo de la ubicación de un empleador y de si se trata de un empleador de comida rápida.
Nueva York también tiene cinco Órdenes de Salario Mínimo que establecen las normas de salarios y horas para los empleados en diferentes industrias (es decir, hostelería, servicios de construcción, trabajadores agrícolas, instituciones sin ánimo de lucro e industrias y ocupaciones diversas).
Además del salario mínimo, se debe pagar una cantidad específica para el mantenimiento de los uniformes requeridos.
Horas extras
En Nueva York, la mayoría de los empleados deben recibir una vez y media su tarifa regular de pago por cada hora que trabajan más de 40 en una semana de trabajo determinada.
Los trabajadores domésticos que residen en el hogar de su empleador deben recibir una vez y media su tasa regular de pago por cada hora que trabajan más de 44 en una semana de trabajo determinada.
Pausas para comer
Los empleados deben disponer de un tiempo de pausa no remunerado para comer de la siguiente manera:
Descansos para la lactancia
Las madres lactantes deben disponer de un tiempo razonable de descanso no remunerado (al menos 20 minutos una vez cada tres horas) para extraer la leche materna durante la jornada laboral, hasta tres años después del nacimiento de un hijo. Los empleadores deben hacer esfuerzos razonables para proporcionar a las madres lactantes un área privada o una habitación que no sea un baño en la que puedan extraerse la leche materna. La sala o zona que se proporcione debe estar muy cerca de la zona en la que se encuentre la empleada.
Trabajo infantil
Las leyes de trabajo infantil en Nueva York restringen las ocupaciones en las que se puede emplear a los menores y el número de horas y horarios durante los que pueden trabajar.
Los menores de 18 años tienen prohibido trabajar en una serie de ocupaciones peligrosas, como la manipulación de explosivos, la limpieza de maquinaria, los trabajos de construcción y la tala de árboles. Se aplican restricciones adicionales a los menores de 16 años.
Los menores de 16 o 17 años pueden trabajar, por lo general:
Los menores que tienen 14 o 15 años generalmente pueden trabajar:
Los menores tienen derecho a los mismos descansos para comer que los empleados adultos.
Para trabajar, los menores deben tener un certificado de empleo (papeles de trabajo).
Tenga en cuenta que cuando hay un solapamiento entre las leyes federales, estatales y/o locales, generalmente se aplicará la ley que ofrezca mayores derechos o beneficios al empleado.
Puede encontrar información adicional sobre las prácticas de salarios y horas en Nueva York en el Índice del Manual del Empleado de Nueva York, Salario mínimo: Nueva York, Horas extras: Nueva York, Horas trabajadas: Nueva York, Trabajo infantil: Nueva York, Carteles de la Ley de Trabajo y Empleo de Nueva York y ¿Se aplica esta ley a mi organización en Nueva York? Los requisitos federales se pueden encontrar en Salario mínimo: Federal, Horas extras: Federal, Horas trabajadas: Federal y Trabajo Infantil: Federal.
Salario y beneficios
Los principales requisitos de Nueva York que afectan al salario y a los beneficios son:
Pago de salarios
Los empleadores de Nueva York pueden pagar los salarios a los empleados en efectivo, con cheque, mediante depósito directo o utilizando tarjetas de pago electrónicas, si se cumplen ciertos requisitos, incluyendo la recepción del consentimiento previo por escrito de los empleados para el depósito directo y las tarjetas de pago electrónicas.
Frecuencia de pago
La frecuencia requerida de los pagos de salarios y la cantidad de tiempo de retraso permitido antes del pago después del final de un período de pago varía según el tipo de empleo. Por ejemplo, los trabajadores manuales generalmente deben ser pagados semanalmente y no más tarde de siete días naturales después del final de la semana en la que los salarios fueron ganados, mientras que los trabajadores de oficina y otros deben ser pagados al menos semestralmente.
Deducciones salariales
Un empleador puede hacer deducciones de los salarios de los empleados que sean:
Declaraciones de pago
Los empleadores deben proporcionar a cada empleado una declaración de pago con cada pago de salarios. Cada declaración de pago debe incluir cierta información detallada (por ejemplo, las fechas de trabajo cubiertas por la declaración, la tasa de pago, los salarios brutos y netos, las deducciones, las asignaciones). Las declaraciones de pago electrónicas están permitidas bajo ciertas condiciones.
Notificaciones de salarios
La Ley de Prevención de Robo de Salarios de Nueva York (WTPA) requiere que un empleador proporcione un aviso por escrito a los nuevos empleados, a más tardar 10 días después de la fecha de contratación, de cierta información relacionada con el pago (por ejemplo, la tasa de pago, la base de pago / frecuencia, día de pago regular). La notificación debe proporcionarse tanto en inglés como en la lengua materna del empleado. Los avisos también deben proporcionarse al menos siete días naturales antes de que se produzca un cambio en la información incluida en el aviso, si el cambio no aparece en el talón de pago del empleado para el siguiente periodo de pago. Además, el empresario debe hacer que los empleados firmen una declaración en la que acusen recibo de la notificación escrita. Los avisos pueden ser proporcionados electrónicamente si el empleador tiene un sistema que permite a los empleados acusar recibo, e imprimir copias, de los avisos.
Continuación de la atención médica
Las pólizas de salud de grupo emitidas a los empleadores con entre dos y 19 empleados están obligados a proporcionar la continuación de los beneficios en ciertos casos. La ley de Nueva York refleja en general la Ley federal de Reconciliación del Presupuesto Omnibus Consolidado (COBRA). Sin embargo, la ley estatal es más generosa que la federal en el sentido de que exige que las pólizas de salud de grupo emitidas a empleadores de cualquier tamaño ofrezcan la continuación de la cobertura durante un máximo de 36 meses. Cuando el seguro de salud de grupo finaliza, los planes de salud están obligados a ofrecer a los individuos la oportunidad de convertirse de una póliza de grupo a una póliza individual.
Seguro de Incapacidad Temporal
La ley de prestaciones por incapacidad temporal (TDB) de Nueva York ofrece una sustitución parcial del salario durante un máximo de 26 semanas en un período de 52 semanas a los empleados que reúnen los requisitos necesarios y que no pueden trabajar debido a enfermedades y lesiones no relacionadas con el trabajo y a discapacidades relacionadas con el embarazo. La empresa puede pagar la totalidad del coste de la prestación de la TDB o compartirlo con los empleados. Los empleadores deben pagar los costes del plan que no estén cubiertos por las contribuciones de los empleados.
Tenga en cuenta que cuando haya un solapamiento entre la ley federal, estatal y/o local, generalmente se aplicará la ley que ofrezca los mayores derechos o beneficios al empleado.
Puede encontrar información adicional sobre las prácticas de pago y beneficios en Nueva York en Pago de salarios: Nueva York, Continuación de la asistencia sanitaria (COBRA): Nueva York, Seguros y prestaciones por incapacidad: Nueva York, Carteles de la Ley de Trabajo y Empleo de Nueva York y ¿Se aplica esta ley a mi organización en Nueva York? Los requisitos federales se pueden encontrar en Pago de salarios: Federal, Continuación de la asistencia sanitaria (COBRA): Federal y Seguro y prestaciones por incapacidad: Federal.
Tiempo libre y permisos de ausencia
Los principales requisitos de Nueva York que afectan al tiempo libre y a los permisos de ausencia son:
Permiso familiar retribuido
Los empleados tienen derecho a 10 semanas de permiso familiar retribuido (PFL) durante cualquier período de calendario de 52 semanas al 60 por ciento de su salario medio semanal. Las prestaciones PFL se abonan mediante deducciones semanales en la nómina. El PFL puede tomarse por los siguientes motivos:
Un empleado que regresa de PFL debe ser restaurado a la misma o una posición comparable.
Baja por enfermedad pagada
Los empleadores cubiertos deben proporcionar licencia por enfermedad y seguro a los empleados elegibles. El hecho de que la licencia sea remunerada o no, y la cantidad de licencia disponible, depende del tamaño y los ingresos netos del empleador. La licencia por enfermedad y seguridad puede tomarse por los siguientes motivos:
Otros requisitos de tiempo libre que afectan a los empleadores de Nueva York
Además de la licencia familiar pagada y la licencia por enfermedad pagada, un empleador de Nueva York también está obligado a cumplir con otras leyes de licencia y tiempo libre, tales como:
Licencia por donación de sangre (cubriendo a empleadores con 20 o más empleados);
Tenga en cuenta que cuando hay un solapamiento entre la ley federal, estatal y/o local, generalmente se aplicará la ley que ofrezca los mayores derechos o beneficios al empleado.
Se puede encontrar información adicional sobre las prácticas de tiempo libre y permisos de ausencia en Nueva York en el Índice del Manual del Empleado de Nueva York, FMLA: Nueva York, Paid Sick Leave: Nueva York, Otros permisos: Nueva York, USERRA: Nueva York, Jury Duty: Nueva York, New York Workplace Labor and Employment Law Posters y Does This Law Apply to My Organization in New York? Los requisitos federales se pueden encontrar en FMLA: Federal, Paid Sick Leave: Federal, Otros permisos: Federal, USERRA: Federal y Jury Duty: Federal.
Salud y seguridad
Los principales requisitos de Nueva York que afectan a la salud y la seguridad son:
Lugar de trabajo libre de humo
La Ley de Aire Interior Limpio del Estado de Nueva York prohíbe fumar en áreas interiores y lugares de trabajo. Los empleadores deben colocar la señalización adecuada.
Prácticas de conducción seguras
Nueva York prohíbe todo tipo de mensajes de texto mientras se conduce, y del mismo modo prohíbe el uso de todos los teléfonos móviles de mano mientras se conduce.
Tenga en cuenta que, cuando exista un solapamiento entre las leyes federales, estatales y/o locales, generalmente se aplicará la ley que ofrezca mayores derechos o beneficios al empleado.
Puede encontrar información adicional sobre las prácticas de salud y seguridad en Nueva York en el Índice del Manual del Empleado de Nueva York, Salud del empleado: Nueva York, Recursos Humanos y Seguridad Laboral: Nueva York, Carteles de la Ley de Trabajo y Empleo de Nueva York y ¿Se aplica esta ley a mi organización en Nueva York? Los requisitos federales se pueden encontrar en Employee Health: Federal y Recursos Humanos y Seguridad en el Trabajo (Cumplimiento de la OSHA): Federal.
Salida de la Organización
Los principales requisitos de Nueva York que afectan a la salida de la organización son:
Pago Final
Un empleador debe pagar a los empleados despedidos su salario final a más tardar el día de pago regular para el período de pago durante el cual se produjo la terminación. Si el empleado lo solicita, el empleador debe enviar por correo el salario final.
Después de la muerte de un empleado, un empleador debe seguir un conjunto específico de reglas de sucesión con el fin de entregar adecuadamente cualquier compensación que se deba a la herencia del empleado fallecido o a los sobrevivientes.
Notificaciones de despido masivo
La Ley de Notificación de Ajuste y Recalificación de Trabajadores del Estado de Nueva York (NYWARN) se aplica a los empleadores con 50 o más empleados (excluyendo a los empleados a tiempo parcial) o 50 o más empleados (incluyendo a los empleados a tiempo parcial) que, en conjunto, trabajan al menos 2.000 horas por semana. La Ley NYWARN exige a las empresas cubiertas que notifiquen por escrito con 90 días de antelación los despidos masivos, los cierres de plantas o los traslados a los empleados afectados, a sus representantes sindicales, al Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York y a la junta local de inversión en mano de obra. Las pérdidas de empleo debidas a una calamidad física o a un acto de guerra están exentas de los requisitos de notificación.
Las sanciones por el incumplimiento del empleador reflejan las de la ley federal.
Tenga en cuenta que cuando hay un solapamiento entre la ley federal, estatal y/o local, generalmente se aplicará el cumplimiento de la ley que ofrece los mayores derechos o beneficios al empleado.
Puede encontrar información adicional sobre las prácticas de salida de la organización en Nueva York en Pago de salarios: Nueva York, Despidos Involuntarios: Nueva York y ¿Se aplica esta ley a mi organización en Nueva York? Los requisitos federales se pueden encontrar en Payment of Wages: Federal y Despidos involuntarios: Federal.
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