Posted by Frank Gogol
Hay más de cien tipos de visados en EE.UU. Con cada uno de ellos, obtienes un periodo de disponibilidad, tras el cual tendrás que abandonar el país a menos que hayas solicitado una prórroga antes de esa fecha. Si te quedas más allá de esa fecha de caducidad, te enfrentarás a una sobreestadía de visado.
Pero, ¿qué es exactamente una sobreestadía de visado y por qué es mejor evitarla? Averigüémoslo
Tabla de contenidos
¿Qué es un exceso de visado?
Un Visa overstay se refiere a alguien que se queda en Estados Unidos más tiempo del que le permite su visado. En otras palabras, el visado ha expirado, pero la persona no ha salido del país. En el formulario I-94 de cada visado, se puede ver la fecha de caducidad. Por lo tanto, en el momento en que expira, se espera que el titular del visado abandone los Estados Unidos.
Sin embargo, en algunas situaciones, no todas las personas pueden abandonar el país, porque se producen situaciones inesperadas. Es entonces cuando se produce un rebasamiento de visado.
¿Cuánto tiempo se ha rebasado su visado?
Si revisas tu Registro de Llegada/Salida del Formulario I-94, podrás ver la fecha en la que se espera que salgas de Estados Unidos. Sin embargo, no lo confundas con la fecha que tienes en tu visado. La fecha de caducidad de su visado y la fecha que aparece en el formulario I-94 son dos cosas diferentes. La fecha de caducidad de su visado simplemente le indica la fecha hasta la que puede utilizar el documento para entrar en Estados Unidos. En cuanto a cuándo tienes que salir, tienes que fijarte en el número de días que quedan hasta la fecha que aparece en el I-94.
Los estudiantes que entraron en Estados Unidos estando en periodo de estudio tendrán «D/S» mencionado en su Formulario I-94, la mayoría de las veces. Esto significa que su sobreestadía comenzará cuando deje de estudiar o de cumplir con los términos del visado. En general, sin embargo, los estudiantes no acumulan «presencia ilegal» a menos que se considere por un juez o funcionario de inmigración que el estudiante ha estado presente ilegalmente en los EE.UU.
Entendiendo la presencia ilegal
La presencia ilegal es bastante difícil de definir. Básicamente, usted no acumulará presencia ilegal para cualquiera de las barras de tiempo de inadmisibilidad si se encuentra en una de las siguientes situaciones:
- Tener una solicitud de asilo pendiente de buena fe en el archivo de USCIS
- Ser un hijo o cónyuge maltratado y entrar en los EE.UU. con un visado de no inmigrante, y tener los medios para mostrar las pruebas del maltrato y de la superación del visado
- Haber sido menor de 18 años
- Haber recibido protección a través de la Acción Diferida, la Salida Forzada Diferida, el Estatus de Protección Temporal o la Retención de la Expulsión en virtud de la Convención contra la Tortura
- Tener una solicitud pendiente actualmente, ya sea para un cambio de estatus, una extensión de estatus o un ajuste de estatus (una tarjeta verde)
- Ser beneficiario del programa de Unidad Familiar
- Haber sido víctima de la trata de personas y poder demostrar que su presencia ilegal tenía la trata de personas como una de las razones de su estancia
Si ninguno de estos se aplica a usted, entonces su presencia ilegal puede ser utilizada en su contra, y tendrá que lidiar con las consecuencias.
Consecuencias de un exceso de visado
Si tienes un exceso de visado, entonces debes saber que hay consecuencias a las que tendrás que enfrentarte. Aquí están las consecuencias a las que te enfrentarás debido a tu sobreestadía de visa.
Inadmisibilidad
Una de las consecuencias más comunes es la inadmisibilidad. Con esto, hay dos tipos de inadmisibilidad a los que podrías enfrentarte: la de tres años y la de diez años.
La de tres años es para las personas que permanecen en Estados Unidos después de que su autorización haya expirado por más de 180 días pero menos de un año entero. También se aplica si abandonas Estados Unidos antes del proceso de expulsión. Como consecuencia, no se le permitirá entrar en EE.UU. durante tres años después de su salida.
Mientras tanto, las personas que permanecen en EE.UU. después de que su estancia autorizada haya expirado durante más de un año entrarán en la categoría de prohibición de diez años. Si estas personas también salen de los EE.UU. antes de la institución del procedimiento de expulsión, no podrán volver a entrar en los EE.UU. durante 10 años después de su salida.
Prohibición de cambio de estatus/extensión de estancia
Otra consecuencia común del exceso de visado es la prohibición de cambio de estatus/extensión de estancia. Básicamente, si usted permanece en los Estados Unidos una vez que su período de estancia autorizado expira, no se le permitirá cambiar su estatus a otro estatus de no inmigrante o extender su estancia en el país. También se le podría prohibir ajustar su estatus de no inmigrante a inmigrante.
Para obtener un ajuste/cambio de estatus o una extensión de la estancia, tendrá que solicitarlos antes de que expire la estancia autorizada. Al hacerlo, se considerará que mantiene el estatus hasta que se tome una decisión. Se aplica incluso si la decisión se toma después de la expiración de la fecha en el I-94.
Anulación de la visa
Si te excedes en la estancia, entonces tu visa será automáticamente anulada. Incluso si te excedes un solo día, tu visado será anulado, sobre todo porque inmigración suele ser muy estricta a la hora de interpretar y aplicar esta disposición. No puede ser readmitido. Sin embargo, si obtienes un nuevo visado de no inmigrante en tu país de origen, podrías ser readmitido.
No hay compras en el consulado
En caso de que hayas sobrepasado tu visado, entonces deberás regresar a tu país de nacionalidad para obtener tu nuevo visado. Pero no podrás utilizar la opción más cómoda -el consulado- para solicitarlo. Al mismo tiempo, si su país no tiene ningún consulado que expida visados, entonces el Secretario de Estado designará un tercer país para que pueda solicitar un visado.
Excepciones
Sin embargo, debe conocer la excepción a esta regla. En el caso de algunas circunstancias extraordinarias, obtendrá permiso para solicitar un visado en un consulado de un tercer país. Para ser más específicos, este será un país diferente al de la nacionalidad.
Utilizar una exención para evitar ser sancionado
En algunos casos, puedes evitar ser sancionado utilizando una exención. Esto es lo que debes saber:
Elegibilidad para las exenciones
La elegibilidad para las exenciones sólo se obtiene en una situación específica. Básicamente, tendrás que demostrar que si no sobrepasas tu visado, tus padres o tu cónyuge pasarán por dificultades. La exención te ayudará a evitar el escenario de inadmisibilidad.
Para inmigrantes
Si eres inmigrante, podrás optar a una exención específica. Si eres el cónyuge, la hija o el hijo de un residente permanente o de un ciudadano de Estados Unidos, entonces podrás optar a una exención de la prohibición de tres o diez años. Es importante tener en cuenta que la exención no está disponible para aquellos extranjeros que sólo tienen hijos que son ciudadanos o residentes permanentes de los EE.UU.
La obtención de la exención puede ocurrir si usted es capaz de demostrar que sus padres o su cónyuge que son ciudadanos estadounidenses.UU. o residentes permanentes se enfrentarán a dificultades si no regresas.
Para los no inmigrantes
Como no inmigrante, no serás elegible para una exención para la barra de tres o diez años. Por suerte, sin embargo, todavía puede solicitar una exención general para la mayoría de los otros motivos de inadmisibilidad.
Conclusión
Una estancia excesiva en el visado tendrá malas influencias en su capacidad para regresar a los Estados Unidos en el futuro, especialmente si no tenía razones válidas para su presencia ilegal. Para evitarlo, debes estar atento a la fecha de caducidad y solicitar una prórroga con antelación.
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